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Servicio Profesional Docente: Proyecto Venus – Preregistro y Registro 2023-2023

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Para participar en las Convocatorias 2023-2024 deberá registrarse en el  Proyecto Venus (Examen de posición Básica y Media Superior) de manera obligatoria, ya que todo el proceso inicial del Servicio Profesional Docente es por ese medio. A continuación te mostramos de forma de tallada su estructura y videotutorial para que sigas los pasos:

Proyecto Venus 2023-2024:  Preregistro y Registro

Ventanilla Única de Servicios: Proyecto VENUS

http://proyecto-venus.cnspd.mx:8080/venus/

¿Tienes problemas al CREAR USUARIO? Aquí una posible solución 

¿Te pide que escribas tu curp y al dar click en automático te envía un recuadro que aparece en la página sin pedirte tú correo? Aquí tenemos la solución, lo único que debes hacer esperar 10 minutos para que se valide tú curp, y después dar click. Deja un comentario si sigue funcionando. 

¿Tienes problemas al CREAR USUARIO en el Proyecto Venus 2023-2024? Aquí 4 posibles soluciones:

  1. Por Servicio de Ticket
  2. Mesa de ayuda: El Horario de atención que USICAMM y la plataforma Venus ponen a tu disposición será los días Lunes a Viernes de acuerdo con la extensión.
  3. Acércate a tú USICAMM estatal.
  4. Llama al número que aparece al final de tú convocatoria.

Proyecto Venus: convocatoria 2023-2024

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servicio-profesional-docente-pre-registro-proyecto-venusConvocatoria al Proceso de selección para la promoción vertical a categorías con funciones de dirección y de supervisión en Educación Básica. Ciclo Escolar 2023-2024.

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Proyecto Venus: Resultados 2023-2024

Aquí consulta los resultados. Vas a necesitar tu número de folio, el tipo de valoración  y la entidad: 

Balanceador cnspd mx: Resultados – Consulta 2023-2024

La Secretaría de Educación Pública, de conformidad con el Artículo 3°, párrafos séptimo y octavo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 5, 6, 10, 12, 15, fracción VIII, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 33, 34, 37, 38, 41, 42, 43, 98, fracciones 1, IV y V, 99, 100, 102, y 103, de la Ley General del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros (LGSCMM);…(conforme a los Estados)…los Lineamientos generales del proceso de selección para la promoción a funciones de dirección y de supervisión en Educación Básica (Promoción Vertical), expedidos por la Unidad del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros; en adelante, la Unidad del Sistema.

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Descargar la convocatoria de tu Estado al final de esta entrada. 

Al personal con categorías y funciones docentes frente a grupo, de asesoría técnica, pedagógica, de dirección y de supervisión adscrito a centros de trabajo docentes, de inspección o de supervisión escolar en algún nivel o servicio de Educación Básica en esta entidad federativa, a participar en el Proceso de selección para la promoción vertical a categorías con funciones de dirección y de supervisión, Ciclo Escolar 2023-2024, de acuerdo con las siguientes bases:

¿Quiénes pueden participar? 

Personal con categoría y función docente frente a grupo, de asesoría técnica, pedagógica, de dirección o de supervisión en Educación Básica, que se desempeñe en los niveles educativos de Inicial, Preescolar, Primaria y Secundaria, incluyendo Educación Física, Indígena y Especial, y aspire a ocupar una vacante temporal o definitiva en la categoría inmediata superior, conforme a las líneas de ascenso autorizadas para su nivel o servicio educativo.

Las líneas de ascenso para los niveles y servicios de Educación Básica, son las establecidas en los Lineamientos generales del proceso de selección para la promoción a funciones de dirección y supervisión en Educación Básica (Promoción Vertical), capítulo IV. Líneas de Promoción Vertical, los cuales pueden consultarse en la plataforma digital de la Unidad del Sistema , http://uscmm.gob. mx/compilacion-normativa.html

¿Cuáles son los requisitos para promoción vertical? 

1. Cumplir con los requisitos establecidos en esta Base, en todas y cada una de las plazas con las que participe en el proceso de selección.

2. Contar con nombramiento definitivo en su categoría (código 10 o equivalente estatal), en el mismo tipo de sostenimiento (federal, federalizado, estatal o municipal) en el que desea participar.

3. Podrá participar en este proceso de selección exclusivamente en la entidad, el nivel, servicio educativo y tipo de sostenimiento donde presta el servicio con su plaza de antecedente, de conformidad a la línea de ascenso establecida para su categoría en los Lineamientos generales del proceso de selección para la promoción a funciones de dirección y de supervisión en Educación Básica (Promoción Vertical).

4. Estar activo en el desempeño de la función acorde a la categoría que ostenta, durante todo el proceso o encontrarse en alguno de los siguientes supuestos, a la fecha de publicación de esta convocatoria y desde el inicio del Ciclo Escolar 2023-2024

a) Desempeñar la función de Asesoría Técnica Pedagógica con plaza docente, derivado de su participación en los procesos de promoción celebrados en los términos de la abrogada Ley General del Servicio Profesional Docente.

b) Desempeñar el cargo de Coordinador de Actividades Académicas o Tecnológicas, por designación de la autoridad educativa competente de la entidad federativa o por promoción obtenida durante la vigencia del Servicio Profesional Docente.

5. Contar con el grado académico de licenciatura o equivalente, acorde a su categoría y, en su caso, a la asignatura que imparte.

6. El personal docente, directivo y de supervisión que haya egresado de las Escuelas Normales Públicas, con estudios previos al establecimiento de las Licenciaturas para la Educación Básica, podrá participar en el presente proceso, debiendo cumplir con los demás requisitos previstos en esta convocatoria.

7. Acreditar un mínimo de cuatro años efectivos de experiencia en el desempeño de la función docente frente a grupo, o un mínimo de cinco años efectivos de experiencia en el desempeño de la función directiva o de supervisión, según corresponda a la categoría con la que participa en este proceso.

8. Impartir frente a grupo un mínimo de 30 horas/semana/mes, si se trata de personal docente de Educación Secundaria (General, Técnica o Telesecundaria).

9. Impartir frente a grupo un mínimo de 25 horas/semana/mes, si se trata de personal docente de Educación Física.

1O. El personal a quien se le asignó de manera temporal una plaza con funciones de dirección o de supervisión, durante el Ciclo Escolar 2023-2024, conforme a los Lineamientos Administrativos para dar cumplimiento al Artículo Segundo Transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de los Artículos 3o, 31 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia educativa, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de mayo de 2019, podrá participar en este proceso de selección de promoción vertical, debiendo cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 8 de los Lineamientos generales del proceso de selección para la promoción a funciones de dirección y de supervisión en Educación Básica (Promoción Vertical), con excepción de lo relativo al desempeño de la función que corresponde a la categoría que tiene asignada de manera definitiva.

11. El personal que desempeñe funciones de dirección o de supervisión sin la categoría correspondiente, con una antigüedad mínima de tres años en esa función y derivado de una comisión expedida por la autoridad educativa competente de la entidad federativa, podrá participar en este proceso para promoverse a la categoría inmediata superior de la plaza definitiva que ostenta; debiendo cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 8 de los Lineamientos generales del proceso de selección para la promoción a funciones de dirección y de supervisión en Educación Básica (Promoción Vertical), con excepción de lo relativo al desempeño de la función que corresponde a la categoría que tiene asignada de manera definitiva.

12. Manifestar al momento de su pre-registro su aceptación o no, para hacer públicos sus datos personales; ello con independencia del resultado que se derive de su proceso de selección.

¿Qué documentos se deben entregar en el Preregistro en Proyecto Venus 2023-2024? 

Los aspirantes deberán presentar la siguiente documentación, que utilizarán para realizar su pre­ registro conforme a lo establecido en la Base Sexta de esta convocatoria y que les será requerida en original y copia para su Registro, en la Sede que les asigne la autoridad educativa a través de la plataforma digital de la Unidad del Sistema:

  • 1. Identificación oficial vigente con fotografía: credencial de elector, cédula profesional o pasaporte.
  • 2. Clave Única de Registro de Población (CURP). Se puede consultar e imprimir en la dirección electrónica https://www.gob. mx/curp/
  • 3. Acta de Nacimiento, carta de naturalización o permiso de trabajo para los extranjeros con residencia legal.
  • 4. Comprobante de domicilio con fecha de expedición no mayor a tres meses.
  • 5. Comprobante de grado de estudios acorde a la categoría que ocupa: Título Profesional o Cédula Profesional o Acta de Examen Profesional.
  • 6. Comprobante de nombramiento definitivo (código 10 o equivalente estatal) en la plaza o plazas con las que participa (Formato Único de Personal o documento equivalente).
  • 7. Constancia expedida por la autoridad educativa competente donde se certifique información referente a la categoría y plaza con la que desea participar en el proceso de selección: centro de trabajo de adscripción, función que desempeña, antigüedad en la misma y, en su caso, asignatura que imparte.
  • 8. Oficio de comisión expedido por la autoridad educativa competente. Este documento deberá ser presentado por el personal que desempeñe funciones de dirección o de supervisión sin la categoría correspondiente.
  • 9. Dos fotografías recientes tamaño infantil, de frente.
  • 10. Dictamen de compatibilidad, si cuenta con más de una plaza, o una o más plazas y un puesto, expedido por la autoridad educativa competente, conforme a las Reglas en materia de compatibilidad de plazas emitidas por la Unidad del Sistema.
  • 11. Carta de aceptación de las bases de esta Convocatoria, en la que el participante se compromete a observar y respetar las normas de participación establecidas. Se genera al finalizar el pre-registro.
  • 12. Comprobante de pre-registro, que se obtiene al finalizar este en la plataforma digital de la Unidad del Sistema.
  • Asimismo, deberán proporcionar la siguiente documentación para su valoración conforme a lo que se detalla en la Base Quinta (Elementos Multifactoriales para la Promoción), de esta convocatoria, aspectos que se consideran en la valoración del personal participante en esta convocatoria:
  • 13. Comprobante de grado máximo de estudios.
  • 14. Constancia expedida por la autoridad educativa competente, de años de servicio en la Educación Básica pública. Podrá presentar la constancia a la que se refiere el punto 7, de la misma Base.
  • 15. Constancia expedida por la autoridad educativa competente, donde certifique si el aspirante está adscrito a un centro de trabajo ubicado en una zona de alta marginación y, en su caso, la antigüedad en el mismo. Las zonas de marginación y pobreza se determinan a partir del catálogo del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL, https://www.coneval.org.mx//Medicion/Pagi nas/Criterios-ZAP. aspx), el cual se actualiza cada año.

¿Qué categorías están sujetas al proceso de selección? 

A la fecha de publicación de esta Convocatoria, se ofertan en este proceso plazas con funciones de dirección y  plazas con funciones de supervisión en Educación Básica (Revisar el número de plazas en cada una de las convocatorias).

NOTAS:

1. N.A. (No Aplica): La categoría no existe en la entidad federativa en el tipo de sostenimiento marcado, por lo que no se abre el proceso de selección para promoverse a la misma.

2. La categoría E3001 (Profesor de enseñanza de inglés en educación secundaria), se considerará equivalente a la E0362, E0363, E0462 y E0463, para efectos de promoción vertical en la línea de ascenso en educación secundaria.

ELEMENTOS MULTIFACTORIALES PARA LA PROMOCIÓN (FACTORES Y SISTEMA DE APRECIACIÓN)

Factores y el sistema de apreciación que se tomarán en cuenta, las evidencias y los instrumentos que se utilizarán, considerando el contexto local y regional de la prestación de los servicios educativos; así como fechas o momento en que se realizará su valoración, indicando el puntaje máximo que se podrá obtener en cada uno de ellos. DESCARGAR LA CONVOCATORIA DE TÚ ESTADO.

EL PRE-REGISTRO en Proyecto Venus Convocatoria 2023-2024

Los aspirantes que cumplan con los requisitos de participación detallados en la Base Segunda de esta convocatoria, deberán pre-registrarse vía internet en la plataforma digital de la Unidad del Sistema, http://uscmm.gob.mx/

Antes de iniciar su pre-registro, es recomendable tener a la mano la siguiente información que le será requerida durante esta fase:

1. CURP, el Sistema solicitará su CURP o, en su caso, facilitará la dirección electrónica para su consulta y descarga. La CURP constituye la clave para ingresar y realizar consultas.

2. Para quienes cuenten con registro en procesos previos en la Ventanilla Única de Servicios (VENUS) de la Unidad del Sistema:

2.1 Contraseña de acceso que le fue proporcionada por la propia plataforma, en caso de que no cuente con ella, deberá crear un usuario en la misma.

2.2 Dirección de correo electrónico con que se dio de alta en la plataforma con anterioridad, o que utilizará para registrarse en este proceso.

Si el aspirante presenta una discapacidad visual, motriz o de otro tipo por la que requiera apoyo para el acceso a la sede y aula de aplicación de los instrumentos de valoración o bien, para realizar dicha aplicación, deberá reportar esta condición al realizar su pre-registro, con la finalidad de que la autoridad educativa de la entidad federativa prevea la aplicación del protocolo de apoyo respectivo.

Al concluir este trámite, la plataforma digital de la Unidad del Sistema generará el comprobante de pre-registro que deberá imprimir, donde se indicará la Sede de Registro, fecha y hora en que tendrá que presentar su documentación comprobatoria del cumplimiento de los requisitos de participación.

Es responsabilidad de los propios aspirantes la precisión y certeza de la información proporcionada.

Registro en Proyecto Venus 2023-2024: https //proyecto-venus.cnspd.mx 8080/venus

El aspirante deberá acudir a la sede asignada, en la fecha y hora indicada en su comprobante de pre-registro, para realizar su trámite y recibir su Ficha de Registro. Para ello, deberá presentar el comprobante de pre-registro y la documentación indicada en la Base Tercera de esta Convocatoria.

Las sedes varían según los Estados, y podrán cambiar en cualquier momento.

La documentación se recibirá con la reserva de verificar su autenticidad; cuando se compruebe que un aspirante haya proporcionado información o documentación apócrifa o falsa quedará eliminado del proceso de selección en cualquiera de las fases, incluso si ya se le hubiese asignado un cargo y otorgado un nombramiento, el cual quedará sin efectos, sin perjuicio de las sanciones de tipo administrativo o penal en las que pudiera incurrir.

Sedes de aplicación de los instrumentos de valoración 

Al realizar su registro al proceso de selección, el participante podrá elegir la sede de aplicación en la que desea presentar el instrumento de valoración de sus conocimientos y aptitudes. La asignación de sede de aplicación estará sujeta a la disponibilidad de espacios, por lo que la autoridad educativa en la entidad federativa, de acuerdo con la demanda de participación por sede, se reserva la facultad de asignar al participante otra sede de aplicación.

REVISAR TABLA DE ACUERDO A LA CONVOCATORIA A PARTICIPAR.

El aspirante deberá corroborar en la plataforma digital de la Unidad del Sistema, http://uscmm.gob.mx/ , la Sede, fecha y horario de Aplicación definitiva que le fue asignada. Para acceder a la plataforma se le requerirá su CURP y su contraseña.

Aplicación del instrumento de valoración

La aplicación del instrumento para valorar los conocimientos y aptitudes de los aspirantes registrados al Proceso de selección para la promoción vertical a categorías con funciones de dirección y supervisión en Educación Básica, en todas las entidades federativas, de manera simultánea.

La aplicación del instrumento se realizará en dos horarios posibles: de las 9:00 a las 13:00 horas o de las 14:00 a las 18:00 horas, hora del centro del país.

Después de la hora establecida para el inicio, no se permitirá el acceso de sustentantes a la Sede de Aplicación.

El participante deberá presentarse una hora antes del horario establecido para la aplicación del instrumento; para acceder a la sede asignada deberá mostrar la Ficha de aplicación y una identificación oficial vigente: credencial de elector, cédula profesional o pasaporte.

El tiempo máximo que se otorgará al sustentante para resolver el instrumento de valoración será de cuatro horas; los aspirantes con ceguera o limitación severa de la función visual tendrán una hora adicional, para contar con este beneficio, deberán haber reportado esta condición al realizar su pre­ registro.

En las sedes, los sustentantes no podrán ingresar al área de aplicación con teléfonos celulares, tabletas electrónicas, computadoras portátiles, memorias de almacenamientos de datos, cámaras fotográficas, apuntes, libros, calculadoras o cualquier otro dispositivo o medio material análogo o digital; en caso de incumplimiento de esta disposición, se cancelará su participación en el proceso de selección.

Guía de Estudio y Bibliografía de apoyo 

Las guías de estudio, que contienen la lista de temas y la bibliografía necesaria, estarán disponibles en la plataforma digital de la Unidad del Sistema, http://uscmm.gob.mx/.

Integración y publicación de Resultados 

La ponderación de los factores y la calificación de los elementos del sistema de apreciación se realizarán conforme a los criterios técnicos que emita la Unidad del Sistema, los cuales estarán disponibles para su consulta en la plataforma digital.

Los resultados obtenidos serán definitivos e inapelables de conformidad con el artículo 51 de los Lineamientos generales.

Ante cualquier inconformidad respecto de la aplicación del proceso de selección para la promoción vertical, el aspirante podrá interponer por escrito el recurso de reconsideración ante la autoridad que emitió la resolución, o en su caso, podrá concurrir ante las instancias jurisdiccionales que se consideren convenientes, tal y como lo establece el artículo 103 de la Ley General del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros.

Los resultados del Proceso de selección para la promoción vertical a categorías con funciones de dirección y de supervisión en Educación Básica, Ciclo Escolar 2023-2024 se publicarán en la plataforma de la Unidad del Sistema, en la dirección electrónica http://uscmm.gob.mx/ .

La Unidad del Sistema emitirá para cada aspirante, un informe de resultados derivados de la valoración de los elementos multifactoriales. Estos datos serán considerados como personales, por lo que estarán sujetos a las disposiciones en materia de confidencialidad contenidas en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

La publicación de la lista ordenada de resultados, de ninguna manera implica una obligación de asignación de plaza a todos los aspirantes por parte de la autoridad educativa en la entidad federativa. La asignación de plazas de dirección y de supervisión en Educación Básica, está sujeta a las tres condiciones siguientes: necesidades del servicio público educativo, estructuras ocupacionales autorizadas y disponibilidad de plazas vacantes definitivas, temporales o de nueva creación.

Criterios para la Asignación de Plazas

La Unidad del Sistema conformará listas de resultados obtenidos por los participantes, ordenados en forma descendente, de acuerdo con la valoración de los elementos multifactoriales que integran el proceso de selección para la promoción vertical. Las listas ordenadas de resultados se presentarán por entidad, nivel educativo, tipo de servicio y tipo de sostenimiento (federal, federalizado, estatal o municipal).

La Secretaría de Educación Pública…, convocará a un evento público con la finalidad de asignar con transparencia las plazas de nueva creación, vacantes definitivas y vacantes temporales, de dirección y supervisión, con base en la lista ordenada de resultados de este proceso de selección.

La Secretaría de Educación Pública…, convocará a quienes continúen en la lista ordenada de resultados para su promoción a categorías con funciones de dirección y de supervisión, en el nivel educativo, servicio y sostenimiento que corresponda.

Las plazas vacantes que se generen con posterioridad  serán asignadas de conformidad con las listas ordenadas de resultados; la adscripción tendrá carácter provisional.

Si algún aspirante no acude al evento público de asignación o no acepta la plaza vacante, será eliminado del presente proceso; dicha vacante se ofertará al siguiente participante en la lista, en el orden establecido. Quien no acepte la plaza vacante deberá manifestar por escrito este hecho ante la Secretaría de Educación Pública.

El personal seleccionado sujeto a una promoción prestará sus servicios en el centro de trabajo donde esté adscrita la plaza vacante.

Las vacantes temporales que se presenten al inicio y durante el ciclo escolar se otorgarán a los participantes conforme a las listas ordenadas de resultados en este proceso de selección, que no hayan obtenido una plaza, quienes conservarán su lugar en el ordenamiento y el derecho de que se les otorgue, en su caso, una vacante definitiva durante la vigencia de la lista ordenada de resultados.

Los aspirantes que cuenten con plazas adicionales a aquellas con las que participen en este proceso y resulten beneficiarios de una promoción a plaza temporal o definitiva de dirección, deberán obtener la autorización de compatibilidad de plazas correspondiente, para lo cual deberán apegarse a lo establecido en las Reglas en materia de compatibilidad de plazas emitidas por la Unidad del Sistema. Sin esta autorización no será procedente la promoción vertical objeto de este proceso.

El personal que participe en el proceso de promoción vertical a categorías con funciones de dirección y de supervisión, que cuente con dos o más plazas, empleo o comisión compatibles, que resulte seleccionado y derivado de su participación en este proceso, pudiera encontrarse en una situación de incompatibilidad de plazas, se compromete a renunciar a la(s) plaza(s), empleo o comisión diferentes a la plaza con la que participó, con la finalidad de que se le pueda otorgar la plaza vacante definitiva que corresponda a la promoción.

Tratándose de una asignación en plaza vacante temporal por promoción, el participante deberá solicitar licencia en el empleo, cargo o comisión que impliquen incompatibilidad con la plaza vacante temporal que se le asignará.

Tomando en consideración que en Educación Preescolar, Educación Primaria, Educación Especial y Educación Primaria Indígena el número de plazas creadas a partir de 2017 de Subdirector de Gestión o Subdirector Académico, o la ocupación de ellas, es inferior a la totalidad de plazas vacantes disponibles de Director y el personal que actualmente ocupa las Subdirecciones no cumple con el requisito de experiencia mínima de cinco años en la gestión directiva que establece la Ley, las Autoridades Educativas de las entidades federativas observarán lo siguiente:

a) Cuando existan plazas vacantes de Subdirector y Director, el personal con plaza docente de la entidad federativa podrá elegir participar en el proceso de selección para la promoción vertical a la categoría de Subdirector o Director, y

b) Cuando no se hayan creado las plazas de Subdirector de Gestión o Subdirector Académico, en la entidad federativa la promoción vertical del personal con plaza docente se efectuará para ascender a la categoría de Director.

En cualquiera de los dos supuestos anteriores, se deberán cumplir los demás requisitos aplicables y observar las Disposiciones de Asignación de Plazas que emita la Unidad del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros.

La promoción del personal a una vacante definitiva con funciones de dirección o de supervisión de Educación Básica dará lugar a un nombramiento definitivo después de haber desempeñado la función durante seis meses y un día, sin nota desfavorable en su expediente fundada y motivada.

El personal que obtenga una promoción vertical a plaza con funciones de dirección o de supervisión, deberá participar en los programas de habilidades directivas determinados por la autoridad educativa de la entidad federativa.

Los docentes que se encuentren en servicio y participen en el proceso de selección para la admisión en un nivel educativo distinto, también podrán participar en el presente proceso de selección para la promoción vertical con su categoría de antecedente, cuando cumplan con los requisitos establecidos en las Convocatorias correspondientes. En caso de ser sujeto de asignación de plaza derivado de este o ambos procesos, se deberá apegar a lo dispuesto en las Reglas en materia de compatibilidad d plazas emitidas por la Unidad del Sistema.

Las personas que sean objeto de una promoción vertical, derivada de un proceso de selección distinto a lo previsto en la Ley General del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros y en esta Convocatoria, no recibirán remuneración alguna ni serán sujetas de ningún tipo de regularización. proyecto venus cnspd 8080.

Convocatoria Promoción Vertical: Educación Básica

Estas son las 17 Convocatorias para promoción vertical.

  1. Acuerdo Estado De México FEDERAL – Dirección
  2. Acuerdo Estado De México ESTATAL – Dirección
  3. AGUASCALIENTES – ( Dirección – Supervisión )
  4. BAJA CALIFORNIA – ( Dirección – Supervisión )
  5. BAJA CALIFORNIA (TIJUANA) – ( Dirección – Supervisión )
  6. BAJA CALIFORNIA SUR – ( Dirección – Supervisión )
  7. CAMPECHE – ( Dirección – Supervisión )
  8. CHIAPAS – ( Dirección – Supervisión )
  9. CHIHUAHUA – ( Dirección – Supervisión )
  10. CIUDAD DE MEXICO – ( Dirección – Supervisión )
  11. COAHUILA – ( Dirección – Supervisión )
  12. COLIMA – ( Dirección – Supervisión )
  13. DURANGO – ( Dirección – Supervisión )
  14. ESTADO DE MEXICO – ( Dirección – Supervisión )
  15. GUANAJUATO – ( Dirección – Supervisión )
  16. HIDALGO – ( Dirección – Supervisión )
  17. JALISCO – ( Dirección – Supervisión )
  18. MORELOS – ( Dirección – Supervisión )
  19. NAYARIT – ( Dirección – Supervisión )
  20. NUEVO LEON – ( Dirección – Supervisión )
  21. PUEBLA – ( Dirección – Supervisión )
  22. QUERETARO – ( Dirección – Supervisión )
  23. QUINTANA ROO – ( Dirección – Supervisión )
  24. SAN LUIS POTOSI – ( Dirección – Supervisión )
  25. SINALOA – ( Dirección – Supervisión )
  26. SONORA – ( Dirección – Supervisión )
  27. TABASCO – ( Dirección – Supervisión )
  28. TAMAULIPAS – ( Dirección – Supervisión )
  29. TLAXCALA – ( Dirección – Supervisión )
  30. VERACRUZ – ( Dirección – Supervisión )
  31. YUCATAN – ( Dirección – Supervisión )
  32. ZACATECAS – ( Dirección – Supervisión )

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