En este post se explica de manera clara las partes que intervienen en la tramitación del juicio de amparo en México. De esta forma se abordará su importancia y el papel que desempeñan; ya que mediante epermite garantizar el respeto de los derechos humanos
Las partes en el juicio de amparo
La importancia en generalmedio de controlen un determinado conflicto legal la arbitrariedadeste se pueden defenderlos actos de las autoridades de una ley.
Marco Jurídico de las partes
las Partes en el Juicio de Amparo,se regula en el nueva Ley de Amparoartículos constitucionales 103 y 107
Artículo 5 de la nueva Ley de Amparo
el quejoso, la autoridad responsable, el tercero interesado y el Ministerio Público
Intervinientes en la tramitación de un juicio de amparo
juzgador o autoridadactorun tercero
El quejoso (victima u ofendido)
Manual del justiciable en materia de amparoSuprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN),persona física o una persona moral con el objeto de reclamar un acto de autoridad,un juicio de amparo justicia federaldemanda de amparo
“Omisión de alguna autoridad”
“Violación de algún derecho”
“ha resentido los efectos de un acto de autoridad en su esfera jurídica, solicita a un tribunal de la federación, para que entre al estudio de la constitucionalidad de ese acto y previa la substanciación del juicio dicte sentencia en que lo anule, restituyéndolo en el pleno goce de la garantía individual violada” (Pantoja Hinojosa, 2010).
- Físicas
- Morales de derecho privado
- Morales de derecho social
- Morales de índole religioso
- Morales de derecho político o electoral
- Morales oficiales
- Morales de la administración pública descentralizada
derechos fundamentadosartículo primero de la nueva Ley de Amparo
- De manera directa
- En virtud de su especial situación frente al orden jurídico
La autoridad responsable
La autoridad responsablese trata de aquel sujeto que pretende afectar o afectópuntos establecidosparticulares en los casos señalados”
Los particulares: Autoridad responsable
sujetosautoridad responsableparticularesrealicen actos equivalentes a los de una autoridad”determinados por una norma general.los particulares pueden ingresar en esta definiciónque dispongan de la fuerza pública,“por el hecho de ser pública la fuerza de que disponen”. (Torres Saldaña, s.f.).
¿Cuándo un particular tiene carácter de autoridad responsable?
Como se mencionó anteriormente todos estos servicios se regulan Estos sonalgunos ejemplos:Las universidades privadas ofrecen el servicio de educación;este pude hacer uso del juicio de amparo con el particular que lo propició.Características que una autoridad responsable de acuerdo a la SCJN
- “La existencia de un ente de hecho o de derecho que establece una relación de supra a subordinación con un particular”
- “Que esa relación tenga su nacimiento en la ley, lo que dota al ente de una facultad administrativa, cuyo ejercicio es irrenunciable, al ser de naturaleza pública la fuente de esa potestad”
- “Que con motivo de esa relación emita actos unilaterales a través de los cuales cree, modifique o extinga por sí o ante sí, situaciones jurídicas que afecten la esfera legal del particular”
- “Que para emitir esos actos no requiera acudir a los órganos judiciales ni precise del consenso de la voluntad del afectado”
Una autoridad responsable en resumendebe ser un órgano del Estadola fuerza pública y estén en posibilidad de ejercer actos públicos”
“Autoridades constituidas con base a la ley”
“Autoridades de facto”
El Tercero Interesado
se dejó de contemplar la figura de terceosentencia resultado de un juicio de amparogarantizado por la ley.¿Quién es el tercero interesado? Conforme la fracción III del artículo 5 de la Ley de Amparo establece que un tercero interesado es todo aquel que “tenga interés jurídico en que subsista el acto reclamadoquienes, sin ser parte en un juicio, intervienen en él para ejercer un derecho propio, para coadyuvar con alguna de las partes o cuando pueden verse afectadas en virtud de las actuaciones llevadas a cabo en el proceso
- Un juicio o controversia de orden: Judicial, Administrativo, Agrario y Laboral.
- Una persona extraña al procedimiento, tenga un interés contrario al quejoso.
- A la víctima del delito u ofendido.
- Quien tenga derecho a la reparación del daño.
- Quién tenga derecho a reclamar la responsabilidad civil.
- Cuando se trata del indiciado o el procesado, pero cuando el acto reclamado emane del ejercicio o el desistimiento de la acción penal por el Ministerio Público.
- Cuando el Ministerio público no cuente con carácter de autoridad y haya intervenido en un procedimiento penal de donde derive el acto reclamado.
- Cuando se está frente a un juicio de orden penal, y el acto reclamado afecte directamente la reparación o responsabilidad.
El Ministerio Público Federal como parte
El fundamento legal Ministerio PúblicoSu responsabilidad y obligación es la de garantizar el interés público,debe de actuar de forma imparcial
…Cuando a su juicio, se afecte el interés público, para buscar que se observe el orden constitucional y se respétenlos derechos humanos de los gobernados, así como para defender los intereses sociales o del Estado…el Ministerio Público no tiene un interés particular propio ni se inclina por los intereses de algunas de las partes…su función es armonizar los intereses que están en controversia…valer el interés social que representa….y que el juicio se resuelva conforme al derecho. (SCJN, 2003).
- “La Suprema Corte de Justicia de la Nación”
- “Los tribunales colegiados de circuito”
- “Los tribunales unitarios de circuito”
- “Los juzgados de distrito”
- “Los órganos jurisdiccionales de los poderes judiciales de los Estados y del Distrito Federal”
Referencias bibliográficas
- Pantoja Hinojosa, A. (2010). Obtenido de Amparo: http://cursodeamparocuvate. blogspot.mx /2010/04/tema-8-el-juicio-de-amparo.html
- SCJN. (2003). Manual del Justiciable: Elementos de Teoría General del Proceso. México: SCJN.
- Torres Saldaña, R. A. (s.f.). Unidad II: Las partes. Obtenido de Blacboard Buap.
- Burgoa Orihuela. Ignacio. (2008). El Juicio de amparo. México. Ed. Porrúa.
- México. Diario Oficial de la Federación (2019). Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
- Rosales Aguilar, Rómulo (1996). Formulario del Juicio de Amparo, Octava Edición, México. Ed Porrúa.


