Amparo

Juicio de Amparo Directo

Se entiende que el Juicio de Amparo Directo es aquel que tiene procedencia contra aquellas sentencias que son definitivas o laudos y resoluciones que ponen fin al juicio; y por otro lado, este amparo se promueve directamente ante un Tribunal Colegiado de Circuito, de acuerdo al artículo 34 de la Ley de Amparo, teniendo presente la residencia de la autoridad que haya dictado el acto reclamado para determinar las competencia de los tribunales y la especialización por materia.

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Juicio de Amparo directo

¿Porque se llama Juicio de Amparo Directo? Se le denomina de esta manera, debido que llega de manera inmediata a los Tribunales Colegiados de Circuito; que en el caso de los juicios de amparos directos deben proceder primero en un recurso de revisión.  Por tanto, en el amparo directo, se tienen presente la siguiente característica básica, la cuál consiste en que se realiza en una sola instancia, sin embargo existen excepciones al no ser una regla absoluta.

Juicio de Amparo Directo en Materia Penal

Este tipo de amparo también se le conoce como amparo uniinstancial

En resumen, el juicio de Amparo Directo, conforme a la legislación, es aquel que «procede en contra de sentencias definitivas o laudos y resoluciones que pongan fin al juicio», dictados por tribunales como el judicial, administrativo, penal, o del trabajo.
ELABORADO POR URIEL NAVARRO PEÑALOZA

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