Derecho Electoral

Actores de los Procesos Electorales

Procesos de competencia política

La competencia política en México en los procesos electorales ha venido transformándose perfectamente en la inexistencia de una ideología que represente a los partidos políticos, lo que se observa a todas luces en el trasfuguismo de los “lideres”.

La situación de México hasta antes del 2000 era el predominio del partido hegemónico, sin embargo, para las elecciones del 2000 se terminó la competencia, es decir, en donde los partidos políticos participan pero sin la oportunidad de obtener un triunfo para dar paso a la competitividad, esta competitividad lograr escalar aún más, con la presencia de candidatos independientes, lo que finalmente en el 2018 da paso a un gobierno de izquierda-centro. Los cambios legales desde los setenta se han ido materializando con el pasar de los años.

Campañas, Agitación y Clubes Electorales: Organización y Movilización del voto en el largo siglo XIX mexicano

Actores que participan en un proceso electoral y los procesos de competencia política.

¿Quiénes participan en el proceso electoral?

Los que participan en el proceso electoral en México son las autoridades o instituciones electorales responsables de garantizar legalidad y legitimidad a los resultados, mediante su actuar correspondiente en el área administrativo, penal, jurisdiccional y legislativa. Estos actores del proceso electoral son: la FEPADE, SCJN, el TEPJF, el INE, la Cámara de diputados y senadores y el OPLE.

Participantes del proceso electoral

¿Quiénes participan en el proceso electoral, además de las autoridades electorales?

Entre los actores principales que participan en la contienda electoral se encuentran los electorados, los representantes de casillas, los partidos políticos y los candidatos.

Los electorados: Son los ciudadanos que vive dentro o fuera del territorio mexicano, mayores de edad y que cuenten la credencial para votar, pero sobre todo deben estar inscritos en la lista nominal en caso de que no aparezcan pueden hacerlo mediante una resolución favorable por parte del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

Representantes de Casillas: Corresponde a un grupo reducido de ciudadanos que fueron seleccionados por un sorteo doble y que fueron capacitado por el INE para que integren las mesas directivas de casillas; su conformación está compuesta por   nueve funcionarios: seis propietarios (un presidente, dos secretarios, tres escrutadores) y tres suplentes generales.

Partidos Políticos: los partidos políticos participan en las precampañas y campañas en apoyo a una planilla que representan a sus electorados; además los partidos políticos proponen a otros actores para lograr seguridad, legalidad y legitimidad de los resultados.

Candidatos: puede ser candidatos en propuesta de uno o varios partidos políticos o candidatos independientes que buscan obtener el mayor número de votos de los electorados.

Participantes en la vigilancia de los procesos electorales

Por otra parte, también participan aquellos actores que se encargaran de la vigilancia de los procesos electorales.

Estos actores electorales tienen limitada la función de participar en funciones que la ley maraca en relación a los funcionarios electorales, no pueden influir en el actuar de los ciudadanos, partidos político y de los candidatos.

Sujetos de la vigilancia de las elecciones

Representantes de los partidos políticos o de candidatos independientes: la presencia de los representantes de partidos se encuentra en las diferentes etapas del proceso electoral. E lo que se refiere a las elecciones, el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales se encarga de regular a estos actores.

Observadores Electorales: Se regula en el título segundo, capítulo primero que lleva por nombre “De los Derechos y Obligaciones” en el artículo 5. Considera que los ciudadanos interesado en ser observadores de una jornada electoral deben de solicitar su registro ante el INE para que sean capacitados y obtengan su acreditación.

Visitantes Extranjeros: México, tiene antecedentes desde 1980 sobre el tema de los visitantes extranjeros (observadores internacionales).

Instituciones electorales en México

El INE, antes de cada proceso electoral, invita a la comunidad internacional a participar presenciando el desarrollo de las elecciones federales de México; y el COFIPE en su artículo 118 establece que el Consejo Generalla celebración de los procesos electorales federales, podrá invitar y acordar las bases y criterios en que habrá de atenderse e informar a los visitantes extranjeros” (COFIPE, 2008).

Organizaciones no Gubernamentales: En el proceso electoral del 2018, las Organizaciones No gubernamentales tuvieron una fuerte presencia. Debido que el INE convocó a ONG para que promovieran el voto desde el extranjero, y entre ellas se encontraron los siguientes proyectos:

  1. Promoción del voto mexicano en 20 ciudades del Medio Oeste de los Estados Unidos de Norteamérica
  2. ¿A qué le tiras cuando votas mexicano?
  3. Yo amo México
  4. ¡Actívate y vota! Es tu derecho
  5. Yo también decido desde acá.
  6. Proyecto de fomento a la participación política de los mexicanos residentes en la Región Oeste de Estados Unidos
  7. Cambia tu voto, la realidad de México participando y votando
  8. Alcanzando a la comunidad mexicana en New Jersey (INE, 2017).

Notarios Públicos y los jueces:

Los notarios dan certeza y validez a los hechos jurídicos que ante el se presencian; de allí su importancia en el derecho electoral, porque dan fe a cualquier acto relacionado a la:

  • Integración de la mesa directiva
  • Instalación de la casilla
  • El desarrollo de la votación

Además, los notarios públicos en ejercicio de acuerdo al artículo 228 del COFIPE mantendrán abiertas sus oficinas el día de la elección, para dar fe de hechos y certificar documentos concernientes a la elección y deberán atender:

  • Las solicitudes que les hagan los funcionarios de casilla.
  • Los ciudadanos.
  • Los representantes de partidos políticos.

Autoridades Federales, Locales y Municipales:

estos actores del proceso electoral en México se limitan a apoyar y colaborar a las autoridades electorales de acuerdo al artículo 2 del COFIPE, por tanto, no pueden generar y causar presión sobre los otros actores del proceso electoral; sino, simplemente limitarse lo que el artículo 240 del cofipe establece. (Pérez de los Reyes , 2000).

Policía: la presencia de este autor recae en el tema de la seguridad pública, y se regula en el artículo 239 del COFIPE. Su papel es la de auxiliar a los órganos electorales y a los presidentes de las casillas.

Asistentes electorales: El papel de los asistentes electorales se regula en el artículo 241-A del COFIPE; se encargarán de auxiliar a las Juntas y Consejos Distritales.

DICCIONARIO ELECTORAL  TOMO II

Referencias

Carmona Hernández

, J., & Jiménez Solares, C. (2006). La Reforma Electoral en México 1988-2000, es un sistema de partidos competitivos . Ra Ximhai, 641-655.

Valdés Zurita, L. (s.f.). ANÁLISIS COMPARATIVO DE LA REFORMA ELECTORAL CONSTITUCIONAL Y LEGAL 2007-2008. Obtenido de INE. MX : https://portalanterior.ine.mx/documentos/Reforma_Electoral/link_intro.htm

https://elderecho.online/derecho-electoral/historia-de-los-procesos-electorales-en-mexico/

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