Tesis: XIII.1o.P.T.1 K (10a.) | Semanario Judicial de la Federación | Décima Época | 2019832 |
Tribunales Colegiados de Circuito | Publicación: viernes 10 de mayo de 2019 10:15 h | Tesis Aislada (Común) |
Si encontrándose en trámite el recurso de queja contra el auto que desechó de plano el incidente de cumplimiento sustituto de la sentencia, el Juez de Distrito declara cumplida la ejecutoria de amparo, aquél debe declararse sin materia, toda vez que ante la declaratoria de cumplimiento del fallo protector, es innecesario analizar la legalidad del acuerdo recurrido, pues aunque resultaran fundados los agravios del recurrente, sería innecesaria la tramitación del incidente de cumplimiento sustituto que fue desechado de plano, acorde con su naturaleza y finalidad.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS PENAL Y DE TRABAJO DEL DÉCIMO TERCER CIRCUITO.
Queja 421/2018. 14 de marzo de 2019. Unanimidad de votos. Ponente: David Gustavo León Hernández. Secretaria: Reyna Oliva Fuentes López.
Queja 461/2018. 14 de marzo de 2019. Unanimidad de votos. Ponente: David Gustavo León Hernández. Secretario: Miguel Ángel Domínguez Velasco.