México

Suspensión contra ley de telecomunicaciones

En política la forma es fondo y tal vez el querer hacer rápido reformas que supuestamente beneficien a la gente, hace que se tomen decisiones apresuradas que resultan muchas veces contrarias a los intereses que se dicen defender.

Este gobierno federal siempre se ha dicho garante de los derechos humanos, pero al parecer algunas o muchas acciones contradicen tales afirmaciones. Recientemente fue enviada al Senado de la República para estudiar y en su caso aprobar una Reforma al la Ley Federal de Telecomunicaciones para crear el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil.

Estas reformas podrían violentar derechos humanos como el de la privacidad, aumentar delitos cibernéticos cometidos con celulares y fortalecer la capacidad del estado o gobierno para espiar a sus oponentes. Lo cierto es que esas reformas fueron aprobadas por la H. Cámara de Senadores y Senadoras en lo general, pero los amparos contra la misma ya llueven.

El Juez Juan Pablo Gómez Fierro concedió la cancelación provisional a una persona que inicio un juicio de amparo contra la puesta en marcha del Padrón Nacional de Usuarios, mismos que recientemente fue aprobado por el Senado.

La cancelación temporal tiene como objeto que el(a) demandante(a) tengan el derecho de registrar los datos personales y biométricos para poseer una línea de telefonía, puesto que, según el juzgador, impone a la gente a actuar o conducirse en un determinado sentido.

El dictamen de la suspensión o cancelación temporal de esa reforma legal no establece si el padrón o registro violenta garantías constitucionales, aunque no otorgar el derecho a la telefonía influye en otros derechos, como el acceder a las tecnologías de la información, a los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones, lo que incide en el derecho a la libre información plural y oportuna, así como transmitir, indagar, recibir y expresar todo tipo de información e ideas, tal como lo establece el artículo 6º de la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos.

El juzgador federal sostiene que el entregar datos personales y biométricos, para registrar una línea telefónica móvil pudiera no ser idóneo ni proporcional, puesto que no se señala una relación directa o causal entre la existencia de ese padrón y una mejor investigación y persecución de los delitos”.

El aplazamiento temporal al parecer no estipula si el padrón viola los derechos del ciudadano, pero si realiza un breve análisis sobre la posible afectación a garantías constitucionales, ya negar el servicio de telefonía que al parecer influye en otros derechos, como acceder a la tecnologías y servicios de la información, radiodifusión, dar, buscar, difundir y recibir información e ideas de forma plural y oportuna.

También el juzgador menciona que no ve como la creación de ese padrón pudiera mejorar las actividades de seguridad pública que el Estado está obligado a realizar, incluso no se podría percibir como se puede favorecer la investigación y persecución del delito, pues el otorgar esos datos personales “no es una condición necesaria para que las instancias indaguen más y mejor

El juzgador aclara que la anulación o cancelación provisional no obstruiría las actividades de seguridad pública y justicia, aún podrían geolocalizar los equipos y también tienen otros medios para indagar los delitos.

El próximo 27 de abril se llevará a cabo la audiencia de incidentes para saber si se otorga la cancelación definitiva.

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