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MEDIDAS CAUTELARES ATÍPICAS EN EL JUICIO DE AMPARO MEXICANO

El juicio de amparo

se ha constituido a través del tiempo como el principal instrumento que tienen los gobernados para hacer efectiva la autolimitación del poder público. En buena medida gracias al juicio de amparo se han impedido o corregido abusos y equivocaciones de las autoridades que lesionan, vulneran o restringen el ejercicio de los derechos fundamentales. Sin embargo, los cambios sociales no pueden ser ajenos al juicio de amparo, lo que
ha motivado diversas interpretaciones que paulatinamente han llevado a un ajuste en su funcionamiento, especialmente en la suspensión del acto reclamado que juega un rol de gran trascendencia pues a través de ella se pretende conservar la materia del litigio e impedir perjuicios irreparables para los quejosos, además de asegurar el eficaz cumplimiento de la sentencia de amparo que llegue a pronunciarse. (biblio.upmx.mx, s.f)

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La ruta de estudio

que se propone, en suma, tiene tres propósitos: el primero consiste en que debemos abandonar la tradicional forma de entender la suspensión, pues en lugar de catalogar a los actos reclamados en negativos, prohibitivos, consumados, declarativos, etc., hay que observarlo en toda su dimensión y en su eventual irregularidad o inconstitucionalidad, para que a partir de ello se pueda determinar la suspensión; el segundo estriba en abandonar la idea de que la suspensión solamente tiene efectos conservadores o paralizadores, para pasar a un esquema más profundo en el sentido de que la suspensión, por excepción, puede tener efectos anticipativos de algunos de los efectos que pudiera tener la sentencia definitiva; y el tercero descansa en que aun cuando los actos reclamados sean de carácter negativo o prohibitivo pueden ser materia de la   suspensión, ya que de ser fundada la apariencia del buen derecho, cualquiera que sea la naturaleza del acto, daría pauta para que a través de la suspensión se puedan anticipar temporalmente algunos de los efectos del amparo que probablemente le será otorgado. (biblio.upmx.mx, s.f)

Contenido  

  1. La acción de amparo participa básicamente de la segunda teoría, sin desdeñar la primera teoría, debido a que el juicio de amparo resulta procedente aunque no exista una violación actualizada ni se tenga certeza sobre un derecho subjetivo oponible o exigible a la autoridad responsable, ejemplo, cuando el amparo se promueve contra posibles órdenes de aprehensión o arresto, o bien contra posibles actos que atentan contra derechos agrarios, en cuyo caso es una expectativa mas no existe un derecho definitivo que actualice el derecho subjetivo (entendido como el derecho que tiene el particular y cuyo acatamiento se exige a la autoridad pública).(biblio.upmx.mx, s.f)
  2. VER OTROS CAPÍTULOS CUANDO DESCARGUES EL LIBRO. 

Improcedencia en el Juicio de Amparo: Definición y Causales

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