A nivel internacional
las obligaciones de los Estados respeto a los Derechos Humanos han sido abordado In Extenso. En este sentido, la jurisprudencia de la Corte idh ha sido particularmente prolífica al enunciar y desarrollar las obligaciones generales de respeto y garantía en el marco del:
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de la Convención Americana Sobre Derechos Humanos, desde la Jurisprudencia de la Corte IDH:
“Los Estados Partes en esta Convención se comprometen a respetar los derechos y libertades reconocidos en ella y a garantizar su libre y pleno ejercicio a toda persona que esté sujeta a su jurisdicción”.
Párrafo tres, artículo 1° constitucional, contempla:
“Las autoridades…tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos […] el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos…”.
Clasificación de las obligaciones (Derechos Humanos)
Ámbito interamericano:
entran en las categorías de respeto y garantía.
Clasificación en México
En México, se ha dado el debate entre autores en clasificarlos en dos a nivel nacional:
- Genéricas en materia de derecho humanos: “las conductas exigibles [no sólo a agentes estatales sino también a particulares] en relación con determinados casos, así como en relación con la adopción de medidas [disposiciones normativas, políticas públicas, ente otras]” de acuerdo con Serrano y Vázquez.
Ejemplos de obligaciones genéricas en Derechos Humanos:
- Promover
- Respetar
- Proteger
- Garantizar
- Obligaciones específicas en materia de Derechos Humanos: incluidas dentro de la obligación genérica de garantía; constituyen una modalidad específica de obligaciones que derivan de una general, cuya naturaleza, límites y alcances estará delimitada por aquella obligación de la que se desprenden.
Ejemplos de obligaciones o deberes específicas sobre violaciones a los DH:
- Prevenir
- Investigar
- Sancionar
La obligación del Estado de asegurar el pleno goce y ejercicio de los derechos
¿Cómo se puede asegurar el goce
y ejercicio de los Derechos? Aplicando medidas positivas, generales o especiales.
Ejemplo:
Los niños y las niñas tienen derechos especiales a los que les corresponden deberes específicos por parte de la familia, la sociedad y el Estado (Corte idh).
Adoptar medidas de prevención general frente a casos de violaciones graves a derechos
Los hechos donde se produzcan violaciones graves
de Derechos Humanos tienen que ser investigados efectivamente y el responsable deberá de ser sancionado conforma la norma nacional asegurando a la víctima una adecuada reparación.
Reparar a las víctimas
Cuando se presenta la violación a los Derechos Humanos, se tiene la obligación de hacer las reparaciones bajo estándares reconocidos por el Derecho Internacional de los Derechos Humanos a las Víctimas. Ya que se trata de un principio internacional del Derecho y se debe de lograr la plena restitución (restitutio in integrum).
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