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Derecho Procesal Penal en el Sistema Acusatorio

Hoy día no es posible concebir los sistemas acusatorio e inquisitivo en sus formas totalmente puras, de ahí que se hable de la existencia de sistemas mixtos predominantemente inquisitivos o predominantemente acusatorios, según sea el caso. Un sistema mixto combina diversos elementos de los sistemas previamente descritos; por ejemplo, el proceso puede ser desarrollado oralmente en algunas etapas y por escrito en otras. De igual manera, aunque la acción penal recaiga primordialmente en manos del Estado, existe la posibilidad de que, en algunos delitos, ésta sea ejercida por particulares. (José Rogelio Contreras Melara, 2011)

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Derecho Procesal Penal en el Sistema Acusatorio de José Rogelio Contreras Melara

La definición de un sistema, ya sea mixto o de forma pura, se establece según la naturaleza de las normas procesales penales y la tendencia de sus características. Sin embargo, dicha definición no siempre es fácil; por ejemplo, mientras que algunos expertos aportan argumentos para sostener que el sistema de enjuiciamiento penal en México es mixto, otros afirman que se trata de un modelo inquisitivo. Según Acuña Griego, la forma en que se percibe el delito –ya sea como ofensa pública o privada– incide en el sistema de juzgamiento penal. Así, si se considera la ofensa como pública, quien ejerce la acción es el Estado y se da lugar a un sistema predominantemente inquisitivo; y si, por el contrario, se permite a los particulares el ejercicio de la acción penal, estaremos frente a un sistema acusatorio. (José Rogelio Contreras Melara, 2011)

Contenido  

  1. La reforma constitucional de seguridad y justicia, también conocida como reforma penal, ha buscado estar acorde con los diversos instrumentos internacionales que México ha ratificado y a los cuales se ha adherido.
    Estos instrumentos internacionales instituyen la garantía de legalidad al determinar que todo individuo que sea objeto de detención tendrá el derecho a ser informado sobre la fundamentación y la motivación de la misma, priorizando la presunción de inocencia. Todos ellos coinciden en sus estatutos que, en todo proceso frente a tribunales, las personas deben contar con el derecho a ser oídos en forma pública, a contar con un defensor y a participar en dicho proceso, a fin de que le sea expedida justicia pronta y sin dilaciones injustificadas. (José Rogelio Contreras Melara, 2011)
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DERECHO PROCESAL PENAL

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