Jurisprudencias

Juicio Laboral y el Organismo Publico Descentralizado Local, Competencia

Tesis: XIX.1o.P.T. J/4 (10a.) Semanario Judicial de la Federación Décima Época 2020287        1 de 1
Tribunales Colegiados de Circuito Publicación: viernes 05 de julio de 2019 10:12 h Jurisprudencia (Laboral)
TRIBUNAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO Y LOS MUNICIPIOS DE TAMAULIPAS. ES COMPETENTE PARA CONOCER DE LOS CONFLICTOS LABORALES SUSCITADOS ENTRE EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO SERVICIOS DE SALUD DE ESA ENTIDAD Y SUS TRABAJADORES.

Si el demandado en un juicio laboral es un organismo público descentralizado local, la competencia recae en el Tribunal de Conciliación y Arbitraje.

De la interpretación de los artículos 1o. y 13 del Decreto Gubernamental mediante el cual se crea el Organismo Público Descentralizado de la Administración Pública Estatal, denominado Servicios de Salud de Tamaulipas, publicado en el Periódico Oficial de la entidad el 27 de febrero de 1999, los trabajadores que se incorporen a dicho organismo se sujetarán a las disposiciones de la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado de Tamaulipas, que en sus numerales 1o., 5o. y 100, fracción I, regula las relaciones de trabajo con el Gobierno del Estado, y prevé que el Tribunal de Conciliación y Arbitraje de los Trabajadores al Servicio del Estado y los Municipios, será el competente para conocer de los conflictos individuales suscitados entre el gobierno y sus trabajadores de los poderes locales y organismos descentralizados que remitan en sus decretos constitutivos a la aplicación de esa legislación laboral. En consecuencia, si el demandado en un juicio laboral es un organismo público descentralizado local, la competencia recae en el Tribunal de Conciliación y Arbitraje, conforme a la jurisprudencia 2a./J. 130/2016 (10a.), de título y subtítulo: «ORGANISMOS PÚBLICOS DESCENTRALIZADOS LOCALES. EL ARTÍCULO 116, FRACCIÓN VI, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS FACULTA AL LEGISLADOR SECUNDARIO PARA REGULAR LAS RELACIONES LABORALES ENTRE AQUÉLLOS Y SUS TRABAJADORES, DE ACUERDO CON LOS APARTADOS A O B DEL ARTÍCULO 123 CONSTITUCIONAL, INCLUSO, DE MANERA MIXTA, SIN LA OBLIGACIÓN DE SUJETARSE ESPECÍFICAMENTE A ALGUNO DE ELLOS [ABANDONO DE LA JURISPRUDENCIA 2a./J. 180/2012 (10a.) (*)].»

Prueba testimonial en el Juicio Laboral

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS PENAL Y DE TRABAJO DEL DÉCIMO NOVENO CIRCUITO.

Conflicto competencial 41/2018. Suscitado entre el Tribunal de Conciliación y Arbitraje de los Trabajadores al Servicio del Estado y los Municipios y la Junta Especial Número Tres de la Local de Conciliación y Arbitraje, ambos con residencia en Ciudad Victoria, Tamaulipas. 26 de febrero de 2019. Unanimidad de votos. Ponente: Daniel Ricardo Flores López. Secretaria: Patricia Martínez Meléndez.

Conflicto competencial 23/2019. Suscitado entre el Tribunal de Conciliación y Arbitraje de los Trabajadores al Servicio del Estado y los Municipios y la Junta Especial Número Tres de la Local de Conciliación y Arbitraje, ambos con residencia en Ciudad Victoria, Tamaulipas. 29 de marzo de 2019. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Holder Gómez. Secretaria: Blanca Zulema García Cruz.

Conflicto competencial 53/2019. Suscitado entre el Tribunal de Conciliación y Arbitraje de los Trabajadores al Servicio del Estado y los Municipios y la Junta Especial Número Tres de la Local de Conciliación y Arbitraje, ambos con residencia en Ciudad Victoria, Tamaulipas. 29 de marzo de 2019. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Holder Gómez. Secretario: Arnoldo Sandoval Reséndez.

Conflicto competencial 12/2019. Suscitado entre la Junta Especial Número Ocho de la Local de Conciliación y Arbitraje y el Tribunal de Conciliación y Arbitraje de los Trabajadores al Servicio del Estado y los Municipios, ambos con residencia en Ciudad Victoria, Tamaulipas. 29 de marzo de 2019. Unanimidad de votos. Ponente: Daniel Ricardo Flores López. Secretario: José Alberto Velasco Ruiz.

Conflicto competencial 9/2019. Suscitado entre el Tribunal de Conciliación y Arbitraje de los Trabajadores al Servicio del Estado y los Municipios y la Junta Especial Número Ocho de la Local de Conciliación y Arbitraje, ambos con residencia en Ciudad Victoria, Tamaulipas. 29 de marzo de 2019. Unanimidad de votos. Ponente: Daniel Ricardo Flores López. Secretaria: María Guadalupe Chávez Montiel.

Juicio de Amparo Contra Actos u Omisiones de las Autoridades

Nota: La tesis de jurisprudencia 2a./J. 130/2016 (10a.) citada, aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 11 de noviembre de 2016 a las 10:22 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 36, Tomo II, noviembre de 2016, página 1006.


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