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Montos del Apoyo para el bienestar de las niñas, niños, adolescentes y jóvenes en orfandad materna

El Programa de Apoyo para el Bienestar de las Niñas y Niños, Hijos de Madres Trabajadoras es uno de los Programas para el Bienestar del Gobierno de México cuyo principal objetivo es mejorar las condiciones de vida de niñas, niños, adolescentes y jóvenes en situación de vulnerabilidad por la ausencia temporal o permanente de uno o de ambos padres, a través de un apoyo económico bimestral.

Este programa mejorar las condiciones de acceso a cuidados y educación, que permitan el ejercicio pleno de los derechos sociales de niñas, niños, adolescentes y jóvenes de hasta 23 años de edad en orfandad materna.

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El apoyo se entregará de manera directa y sin intermediarios a la madre, padre solo o tutor a cargo de niña(s) y niño(s) conforme a la disponibilidad presupuestal del Programa y se otorgará por un máximo de 3 niñas o niños por hogar en el mismo periodo, salvo que se trate de nacimientos múltiples.

En caso de que la persona tutora o responsable de los menores no ostente el parentesco biológico (Padre e Hijo), deberá mostrar la documentación que acredite que tiene bajo su responsabilidad el cuidado de las niñas, niños, adolescentes y jóvenes en orfandad materna, mediante constancia de gastos de manutención y alimentación como la Procuraduría de la Defensa del Menor y la Familia del Desarrollo Integral de la Familia (DIF), Juez de lo familiar, Fiscalía para la atención de menores, entre otras.

¿Cuáles son los documentos requeridos para la incorporación al programa?

Estos son los documentos que debe presentar la persona responsable de hijas e hijos en orfandad materna o de la persona mayor de edad (de hasta 23 años de edad), en orfandad materna:

  • Identificación oficial. Copia y original para cotejo de alguna de las siguientes:
    • Credencial para votar vigente.
    • Cédula Profesional.
    • Pasaporte vigente.
    • Cartilla del Servicio Militar vigente.
    • Forma Migratoria.
  • Copia certificada del acta de defunción de la madre.
    • También se admitirá el acta de presunción de muerte como documento equivalente al del acta de defunción.
    • Este documento debe ser de no más de tres meses de antigüedad a la fecha de su entrega.
  • Acta de nacimiento vigente de cada una(o) de las(os) hijas(os) de hasta 23 años de edad, en orfandad materna, original y copia.
  • Clave Única de Registro de Población (CURP) vigente. Este documento debe ser de la madre fallecida, de la persona responsable y de cada una de las hijas e hijos en orfandad materna de hasta 23 años.
  • Firmar carta responsiva en formato libre. Donde se compromete la persona responsable de administrar y hacer buen uso del recurso económico que le será entregado, para el bienestar de las hijas e hijos en orfandad materna.

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¿Cuáles son los montos de la modalidad de Orfandad Materna?

Bajo esta modalidad, el Programa entregará un apoyo económico bimestral a las niñas, niños, adolescentes y jóvenes en orfandad materna que permita continuar con su educación, de acuerdo con los montos siguientes:

Apoyos Económicos

Descripción
Monto Mensual
Población Objetivo
(Niñas, niños, adolescentes y jóvenes)
Apoyo económico
$800.00 M.N.
De recién nacidos a 15 años de edad.
$1,090.00 M.N.
De 16 a 18 años de edad.
$1,200.00 M.N.
De 19 a 23 años de edad.

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