Pensión ISSSTE

Se adelanta el pago de septiembre de la pensión ISSSTE para estos adultos mayores

Los adultos mayores que coticen en este organismo tendrán la posibilidad de percibir de forma anticipada el pago de su pensión. Los adultos mayores que estén afiliados al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) podrán recibir la pensión de septiembre antes de que finalice el mes de agosto

De acuerdo a la información emitida por el ISSSTE el pago de septiembre se realizará el próximo 30 de agosto.

¿Qué jubilados recibirán un pago extra de 40,000 pesos?

Algunos pensionados tendrán un depósito extra en sus cuentas que asciende a un total de 40,000 pesos. El mismo está destinado a aquellos adultos mayores que se encuentran habilitados a participar en los sorteos de préstamos personales del instituto.

Según el calendario emitido por el ISSSTE establece, los próximos sorteos se llevarán a cabo entre el 8 y 22 de agosto, así como uno exclusivo para adultos mayores el día 28.

El registro se realiza antes de la fecha límite, que es el día previo a que se proceda con los sorteos. Esta propuesta del ISSSTE se orienta a asistir financieramente a todos los pensionados que lo necesiten.

Cabe destacar que si bien la entrega de créditos que realiza el organismo es ajena a la pensión que se les deposita mes a mes.

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¿Quiénes recibirán un aumento del 100%?

Los pensionados que contaran con este aumento son aquellos que han cotizado en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) desde el 1 de julio de 1997 o en el ISSSTE desde 2007 bajo el régimen de cuentas individuales. 

Así mismo, los miembros de la población de edad más avanzada cuyo salario sea igual o menor a 16,777.68 pesos, tendrán la posibilidad de recibir una pensión equivalente al 100% de dicho salario.

En este sentido, para acceder al beneficio que ofrece el Fondo de Pensiones para el Bienestar, será necesario cumplir con una serie de requisitos, tales como:

  • Tener 70 años o más en el caso del IMSS.
  • Tener 75 años o más para el ISSSTE.
  • No tener una relación laboral vigente.
  • No haber cotizado en el último año.

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